ENCARGO DE INTERMEDIACIÓN PARA LA VENTA O TRASPASO DE UN BAR, CAFETERIA O RESTAURANTE
(Versión 2008)

En Barcelona, a ..... de .................... de 2008

REUNIDOS

De una parte, Doña NINA GOGVADZE en su condición de socio-director de la sociedad GD&A BROKERS INMOBILIARIOS, S.L. (División BCR), con NIF B-63568117, y domicilio en calle Calabria, nº 175, de la ciudad de 08015 BARCELONA, en adelante BCR.

Y de otra Don/Doña ......................................, con DNI nº ..................., domiciliado a estos efectos en calle ................................................, nº ......., de la ciudad de ............................................., actuando en su condición de ................... de la sociedad ........................................, con NIF ....................., y en el suyo propio, en adelante mencionado como el QUE VENDE.

Ambas partes, reconociéndose legitimación suficiente para obligarse y contratar, de sus mutuas y espontáneas voluntades

MANIFIESTAN Y ACUERDAN

  1. Que BCR es un servicio de GD&A BROKERS INMOBILIARIOS, SL dedicado a la intermediación en operaciones de alquiler, traspaso, adquisición o venta de todo tipo de bares, cafeterías y restaurantes.

  2. Que el QUE VENDE es el legítimo .......................... (arrendatario o propietario) actual del negocio arriba indicado.

  3. Que BCR está interesado en promover el/la ......................... (traspaso o venta) del negocio descrito anteriormente, en nombre y por cuenta del QUE VENDE en calidad de comisionista, gestión ésta, cualquiera que finalmente sea, denominada en adelante la OPERACIÓN.

  4. Que el QUE VENDE acepta y contrata bajo las condiciones aquí expresadas, las gestiones de intermediación para la realización de la OPERACIÓN con carácter de absoluta exclusiva.

  5. Todos los costes que se deriven de los servicios ofrecidos por BCR, así como, todos los gastos de comunicación, desplazamientos, dietas y estancias provocadas por la actividad profesional inherente de BCR encaminadas al cierre de la OPERACIÓN, serán siempre y exclusivamente a cargo de BCR, a excepción de los gastos y costes de la escrituras.

  6. En caso de rescisión del contrato sin haberse cerrado la OPERACIÓN, BCR conservará el derecho a percibir la comisión pactada, hasta un año después de transcurrido el plazo de vigencia señalado en el contrato, ello sólo si la OPERACIÓN se realizase, directa o indirectamente, por conocidos o familiares, a favor de cualquiera de las personas presentadas por BCR durante el periodo del contrato.

  7. Que el precio de partida para realizar la OPERACIÓN se estipula en .................................. Euros, que es el importe que desea percibir inicialmente el QUE VENDE.

  8. Que, de acuerdo con todo lo anterior, y a fin de regular las relaciones jurídicas entre ambas partes, se conviene formalizar el presente contrato mediante la entrega de una provisión de ....................€ (más IVA), a restar en su día de la comisión final a percibir al cierre de la OPERACIÓN. BCR destinará esta provisión a gastos de publicidad y promoción de la OPERACIÓN.

  9. La comisión a percibir por BCR si cierra la OPERACIÓN será del ......(%); .................. por ciento (en letras), más el IVA correspondiente, sobre el importe del precio que el QUE VENDE acepte finalmente, con un mínimo garantizado de ……………………… €.

  10. El plazo de vigencia del presente contrato de intermediación se establece para un plazo de ............ meses.


    Y para que así conste y surta los efectos procedentes, firman el presente contrato por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la ciudad y fecha ut supra.
  11.  

    GD&A BROKERS INMOBILIARIOS, S.L.
                 (DIVISIÓN BCR)

    EL QUE VENDE
                 NINA GOGVADZE ............................................
    (Nombre y Apellido)

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